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Aprovechate de los Prestamos TIC ... ¡Ponte las pilas!
Aunque no es nada nuevo el Plan Avanza (el convenio data del 27 de julio del 2006) es posible que muchas empresas no conozcan las virtudes de una de las apuestas más prometedoras en cuestión tecnológica del actual gobierno.
El gobierno ha destinado 952 millones de euros para promover la informatización de las empresas, en su amplia mayoría esta dirigido a las pymes que son las que carecen de buenas infraestructuras tecnológicas.
Existen 3 tipos diferentes de ayudas en función del objeto al que van dirigidas:
Préstamo TIC; enfocado para pymes.
Préstamo jóvenes y universitarios; como su propio nombre indica.
Préstamo ciudadanía digital; para cualquier residente en territorio español.
Vamos a explicar en detenimiento la ayuda que más nos interesa que es:
Prestamo TIC
Los beneficiarios son las pequeñas y medianas empresas que no dispongan de conexión a Internet con banda ancha y realicen inversión en equipamiento para su conexión a Internet, así como las que realicen inversiones en software y hardware destinados a implantar el negocio y la factura electrónica.
La financiación máximaserá del 100% de la inversión excluido el IVA, con un máximo de 50.000 euros por beneficiario final. El plazo de amortización/carencia será de 36 meses, con un máximo de 3 de carencia y liquidaciones lineales y mensuales, con un tipo 0% durante el plazo de amortización. Además se podrá materializar mediante leasing.
Las inversiones financiables son:
Acceso a Internet en banda ancha, incluidos productos de seguridad.
Presencia en Internet, incluida la elaboración de página Web y portales de empresa.
Incorporación de las TIC a los procesos empresariales, mediante herramientas de gestión avanzada: CRM (Sistema de gestión de clientes), ERP (sistema de gestión empresarial), sistemas de cadena de suministro, sistemas de gestión documental.
Comercio electrónico y facturación electrónica, mediante aplicaciones y servicios que faciliten la realización por parte de las PYMES de transacciones electrónicas con otros agentes, incluidas las Administraciones Públicas.
Notas adicionales:
Las Entidades Financieras no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de comisiones, tales como apertura, estudio o disponibilidad.
El BENEFICIARIO FINAL tiene la facultad de proceder a la amortización de la totalidad o parte de la cantidad adeudada, sin que se aplique penalización alguna.
Como habeis podido ver es una interesante iniciativa para empezar a actualizarse y entrar en el mundo digital con todas garantías de la mano de Media|Estudio.